Sadiana Cabrera Abogados
Asesoría legal clara, honesta y eficaz


RESIDENCIA EN ESPAÑA

Llegar a España y decidir establecer una vida en territorio español es para muchos un auténtico sueño. Disponer de documentación, trabajar y desempeñar de forma libre y legal cualquier actividad es para muchos un reto pues a la incertidumbre se une la falta de información a la que muchas veces se enfrenta el extranjero por no hablar de la ausencia de citas en las oficinas de extranjería de toda España. 

Existen diversas maneras de poder obtener la residencia, por eso, nosotros te explicaremos cuáles son las opciones de las que puedes beneficiarte así como de cuáles son los requisitos y el proceso que hay que cumplir y abordar en cada caso. Además que de realizando el proceso con nosotros no tendrás que sufrir largas colas, ni esperas, tampoco tendrás que gestionar citas, ni tratar con personas que no entiendan tu situación. 

¿Qué supone tener residencia legal en España?

1. Trabajar de manera legal con contrato o emprender como autónomo.

2. Cotizar a la seguridad social para poder tener derecho a una prestación de paternidad, o una pensión el día de mañana. 

3. Estudiar y obtener una titulación en España. 

4. Sacar un carnet de conducir 

5. Comprar coche y/o vivienda. 

6. Abrir cuentas bancarias sin dificultad

7. Salir y entrar en España libremente. 

8. Circular libremente por el espacio Schengen. 

9. Acceder a la nacionalidad española, etc. 

Desde Sadiana Cabrera Abogados, te asesoramientos de forma totalmente profesional y experta pues estamos preparados para abordar cualquiera que sea el trámite por el que tengas la opción de regularizar tu situación y establecerte. También estamos totalmente habilitados para poderte presentar tu expediente, cualquiera que sea la provincia de España donde te encuentres. 

No obstante, antes de entrar en materia y darte nociones sobre cada permiso, primero vamos a explicarte los diferentes tipo de documentos que se pueden obtener, para quien van destinados y para qué tienen finalidad. Esto, aunque es muy sencillo suele crear mucha confusión. 

¿Quieres vivir en España?
¿Eres extranjero y quieres regularizar tu situación en territorio español?
¿Quieres homologar tu titulo?
¿Necesitas asesoramiento para la obtención de visado o para una reagrupación familiar?

¡Estás en el lugar adecuado!


Antes de entrar en materia te dejamos por aquí algunos consejos básicos si acabas de llegar o estás a punto de hacerlo. 

  • 1
  • 2
  • 3


¿Cómo se adquiere la residencia en España?
La posibilidad de acceder a la residencia legal en España puede nacer de diferentes factores, y circunstancias, dando lugar a un procedimiento concreto, con sus propios requisitos. Existirán ocasiones en las que se podrá acceder por varias vías, en cuyo caso será conveniente determinar qué opción conviene más a cada persona y cada caso. También influye la provincia de España en donde te encuentres, pues esto determinará la competencia de la oficina de extranjería en donde debamos presentar la solicitud; es importante, además, porque cada oficina suele tener también su propio criterio, y lo que es posible, por ejemplo en Madrid, no es posible en Santa Cruz de Tenerife.

Asilo - Protección internacional.
La solicitud de asilo es uno de los trámites que más dificultad conlleva dada su saturación en España y dada la imposibilidad de realizar el trámite de forma telemática, siendo totalmente imprescindible la presencia personalísima del interesado en la oficina tramitadora así como la obtención de la cita para su solicitud.
En nuestro despacho, nuestros abogados expertos te darán el asesoramiento que necesitas para tramitar correctamente tu solicitud de asilo, así como aquel para para abordar la entrevista que se te hará en la comisaria correspondiente. Se te acompañará en el proceso desde su inicio hasta su resolución, resolviendo cada cuestión que pueda presentarte.

Residencia por Circunstancias Excepcionales (Arraigo Familiar, Social, Sociolaboral, Socioformativo, de Segunda oportunidad).
Son las vías más conocidas y desde que la Ley de Extranjería se modificó el pasado mayo de 2025, ahora la mayoría de las personas deben acudir a esta vía para regularizar su situación. Si hemos tenido una trayectoria laboral previamente, si queremos formarnos, si contamos con una oferta de empleo, o tenemos un familiar extranjero que nos da el derecho, y llevamos más de 2 años en España, esta es la vía para poder acceder a la residencia.
Como hemos mencionado anteriormente, existen varios tipos, cada uno con sus requisitos, su proceso, y sus tiempos. Por ello, es recomendable contar con profesionales, pues solo de esa manera podremos saber, según nuestro caso, que supuesto nos conviene más aplicar.

Reagrupación Familiar en Régimen General. 
Muchas personas creen que por el hecho de ser extrajeros, con residencia legal, no pueden reagrupar a sus familiares y deben primero gestionar la nacionalidad española. Si bien es cierto que siendo español el proceso puede ser más sencillo, iniciar ambos, la reagrupación y la nacionalidad no son cuestiones incompatibles. Asimismo siendo extranjeros, disponemos de la posibilidad de reagrupar con nosotros a nuestros familiares, pero evidentemente no a todos; sólo a los legalmente previstos. No podremos por ejemplo reagrupar a un primo, por el mero hecho de ser primo, pero sí podremos reagrupar a un cónyuge o hijo siempre y cuando se den los requisitos. La preparación de este expediente conlleva también, una vez resuelto favorable, la solicitud de visado en el correspondiente Consulado Español, cuestión esta que también nos encargamos de ayudarte a gestionar. 

Residencia de Familiar de ciudadano de la UE (Comunitaria). 
Después de la modificación de la ley, suele haber mucha confusión con este proceso, pues sigue existiendo la creencia de los familiares de ciudadanos españoles puedes aplicar a este proceso y la respuesta es NO. Este tipo de residencia solo la pueden solicitar los familiares de ciudadanos miembros de la UE, por ejemplo: una ciudadana venezolana casada con un ciudadano alemán. Es unos de los procesos más sencillos de tramitar, pero como todos, conlleva el cumplimiento de unos requisitos y circunstancias, que si no se dan, pueden conllevar la denegación. 
Por eso, siempre es recomendable contar con un profesional con amplia experiencia que nos sepa indicar, según nuestro caso, a qué debemos atenernos

Residencia de Familiar de ciudadano de la UE (Comunitaria).
Es la antigua residencia comunitaria para los familiares de ciudadanos españoles, y en este caso habrá que atender al lugar donde se encuentre el ciudadano español y el extranjero en el momento de la solicitud, pues según cada caso el proceso podría consistir en solicitar primero residencia y luego visado, o visado y luego residencia. 

Residencia no lucrativa. 
Para acceder a esta residencia es precioso hacerlo, primero, a través de visado. Está pensada para aquellas personas que aún queriendo establecerse en España no desean desempeñar ningún tipo de actividad profesional o lucrativa pues disponen ya de medios económicos para hacerlo. Es una opción fantástica para aquellos extranjeros que lo que desean es disfrutar del clima, la cultura, la comida y la calidad de vida de nuestro país. 

Renovaciones. 
Una vez hemos accedido a nuestra primera presidencia, esta contará con un plazo de caducidad al que deberemos prestar atención para realizar su renovación de forma correcta. Cada permiso de residencia, como hemos dicho tiene sus propios requisitos con lo cual es recomendable con algo de antelación asesorarnos sobre qué circunstancias deben darse para su renovación así como del plazo de tiempo del que disonemos para ello. Suele ocurrir que por despiste, transcurre el plazo, y el extranjero se queda en estado irregular, siendo en algunos casos imposible volver a regularizar. 

Recursos. 
Después de una presentación en extranjería que es denegada, existe la posibilidad de interponer diferentes tipos de recursos para desvirtuar esa denegación. En función de nuestro caso, y el motivo denegatorio, será conveniente presentar un recurso o volver a presentar la solicitud. Incluso dentro de la opción de presentar recurso, debemos atender a cuál de ellos nos pueda convenir más. Así contamos con el Recurso de Reposición, Recurso de Alzada y Recurso Contencioso Administrativo. 










 
 
 
 
Correo
Llamada
Asignación
Acerca de
Instagram